Candidata extranjera en elecciones municipales con la nacionalidad española solicitada
Conforme al artículo 177.1 de la LOREG, son elegibles en las elecciones municipales los residentes en España no españoles que sean ciudadanos de la Unión Europea o nacionales de países que otorguen a los españoles el sufragio pasivo en sus elecciones municipales en los términos de un tratado, reúnan los requisitos de elegibilidad exigidos a los españoles y no hayan sido desposeídos del sufragio pasivo en su Estado de origen. Quien ostenta la nacionalidad uruguaya y no formalmente la española no puede ser candidata, sin que el resguardo de solicitud de la nacionalidad española sustituya al requisito de nacionalidad.