Acuerdo 113/2008, de 27 de febrero de 2008

AcuerdoCriterio general

Promoción por los medios de los debates bilaterales que emiten

Resumen

No atiende la pretensión de Izquierda Unida-Alternativa de computar como publicidad electoral los anuncios de los debates bilaterales entre los candidatos del PSOE y del PP: el anuncio por los medios de los debates que van a emitir forma parte de su actividad ordinaria de dar publicidad y promocionar su propia programación, por lo que no puede entenderse como propaganda electoral de las formaciones que participan en el debate.

Epígrafe
§ 11.5 Debates electorales en medios públicos
Sesión
2008-02-27
Expediente
292/681

También afecta a: § 11.8

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