Acuerdo 117/2007, de 19 de abril de 2007

AcuerdoCaso concreto

Protesta por la exclusión de extranjeros residentes del censo electoral

Resumen

A la JEC únicamente le corresponde aplicar la LOREG, sin que tenga competencia normativa en la materia; tampoco le corresponde trasladar protestas a los Presidentes de las Cámaras, a quienes los interesados pueden dirigirse directamente. Así se responde a la protesta por la exclusión del censo electoral de los extranjeros residentes en España.

Epígrafe
§ 20.7 Relaciones institucionales, informes sobre proyectos normativos y propuestas de reforma
Sesión
2007-04-19
Expediente
250/81

También afecta a: § 3.7

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