Permisos de campaña electoral para candidatos que son personal laboral de las Administraciones
La Orden de 6 de noviembre de 1985 del Ministerio de la Presidencia prevé la concesión de permisos a los candidatos durante el tiempo de duración de la campaña electoral, previsión que también establecen el artículo 30.2 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y, en idéntico sentido, el artículo 37.3 d) del Estatuto de los Trabajadores.