Acuerdo 120/2026, de 16 de abril de 2026

AcuerdoCriterio general

Entrevista a una candidata en la radio pública y petición expresa del voto

Resumen

Desestima y archiva la denuncia del Partido Popular contra la entrevista a la candidata del Partido Socialista Obrero Español de Andalucía en «Las Mañanas de RNE». El respeto al pluralismo político y a la neutralidad informativa del artículo 66 de la LOREG no puede juzgarse atendiendo a un programa concreto o a un día aislado, sino a un espacio temporal más amplio, y el mismo programa ya había emitido una entrevista de contenido muy similar al candidato de la formación denunciante. Tampoco se vulnera el artículo 53 de la LOREG ni la Instrucción 3/2011, pues las manifestaciones sobre el voto a las «fuerzas de progreso» emplean términos muy amplios, referidos a bloques u opciones políticas genéricas, sin aludir a una formación o candidato determinados; la petición del voto exige que sea, expresa o implícita, inequívoca o concluyente a favor de una determinada formación política (Acuerdo 60/2026, de 23 de febrero).

Epígrafe
§ 11.6 Entrevistas en medios públicos
Sesión
2026-04-16
Expediente
293/1769

También afecta a: § 9.1

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →