Acuerdo 122/2014, de 12 de mayo de 2014

AcuerdoCriterio general

Composición de la Comisión de Radio y Televisión y espacios gratuitos de coalición

Resumen

Desestima el recurso de Primavera Europea y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Bizkaia: la composición de la Comisión del artículo 65.5 de la LOREG atiende a la representación en el Congreso de los Diputados en el ámbito territorial respectivo, cualquiera que sea el proceso electoral, y ningún partido de la coalición la obtuvo en el País Vasco en 2011. Sobre el tiempo, al no apreciarse con claridad qué candidatura sucede a Europa de los Pueblos Verdes, que obtuvo un solo escaño en 2009, se considera formación con representación a L'Esquerra pel Dret a Decidir, por pertenecer a Esquerra Republicana de Catalunya el candidato electo; no cabe prorratear los votos de una coalición ni dividir el único escaño, ni atender a pactos internos, y las sustituciones durante la legislatura carecen de consecuencias a estos efectos.

Epígrafe
§ 11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión
Sesión
2014-05-12
Expediente
293/379

También afecta a: § 11.1 · § 7.2

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