Uso de mensajería privada para enviar documentación electoral a electores en el exterior
Autoriza a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, visto el informe favorable de la Dirección General de Política Interior, a recurrir a la mensajería privada o al servicio premium de la Unión Postal Universal para el envío de la documentación electoral a los electores CERA y ERTA en las situaciones que pongan en riesgo su recepción en plazo, según resulte más ventajoso en calidad y precio, conforme al Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2025; Correos deberá detallar, en cuanto sea posible, los supuestos en que de forma excepcional haga uso de esos medios.
También afecta a: § 14.7