Acuerdo 128/2011, de 7 de abril de 2011

AcuerdoCriterio general

Boletines informativos de partidos financiados por una corporación local en período electoral

Resumen

Los partidos políticos pueden seguir realizando y distribuyendo en período electoral boletines informativos financiados por ellos mismos, conforme a la Instrucción 3/2011; en cambio, si están financiados directa o indirectamente por una corporación local, su realización y distribución deben suspenderse durante ese período por impedirlo el artículo 50.2 de la LOREG, en la interpretación de la Instrucción 2/2011, pues, al no ser posible un examen previo de su contenido, es razonable considerar que su objetivo es dar cuenta de logros o realizaciones o exponer propuestas electorales.

Epígrafe
§ 10.5 Publicaciones, webs y redes sociales institucionales
Sesión
2011-04-07
Expediente
293/44

También afecta a: § 9.1 · § 10.2

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