Acuerdo 13/2021, de 7 de enero de 2021

AcuerdoCaso concreto

Plazo de depósito del voto por correo del personal militar embarcado o desplazado

Resumen

Autoriza, visto el informe favorable de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, la ampliación hasta el 11 de febrero de 2021 del plazo de depósito del voto por correo del personal militar que se encuentre navegando o fuera del territorio nacional, si bien el depósito deberá hacerse en la Oficina principal de Correos en Madrid; Correos deberá asegurar la remisión en tiempo hábil de esos votos a las Mesas electorales.

Epígrafe
§ 14.8 Personal embarcado, Fuerzas Armadas y otros colectivos con procedimiento especial
Sesión
2021-01-07
Expediente
329/165

También afecta a: § 14.3

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