Acuerdo 153/2005, de 27 de abril de 2005

AcuerdoCaso concreto

Junta competente para expedir copia de la credencial de un concejal electo

Resumen

La JEC no ha expedido la credencial cuya copia se solicita, pues su competencia se limita a las credenciales de los candidatos sustitutos nombrados para cubrir vacantes por renuncia, fallecimiento o sentencia firme; la petición debe dirigirse a la Junta Electoral de Zona de Salamanca, competente para la proclamación de electos y la expedición de la credencial acreditativa.

Epígrafe
§ 1.8 Reparto de competencias entre Juntas
Sesión
2005-04-27
Expediente
351/1032

También afecta a: § 23.7

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