Partidos que no presentan la contabilidad electoral de las elecciones generales
Acuerda dar cuenta al Fiscal General del Estado, a los efectos del artículo 48.3 del Real Decreto-Ley 20/1977, de los partidos participantes en las elecciones generales que no han cumplido la obligación de presentar la contabilidad electoral, que el acuerdo enumera.
También afecta a: § 19.3