Acuerdo 162/2026, de 23 de abril de 2026

AcuerdoCriterio general

Acceso a los resultados de elecciones locales desglosados por mesas electorales

Resumen

Corresponde a los secretarios de las Juntas Electorales, que custodian su documentación conforme al artículo 12.2 de la LOREG, facilitar el acceso a ella; la JEC no dispone de los resultados de las elecciones locales de 2023 en la provincia de Ourense desglosados por mesas, que obran en las Secretarías de las Juntas Electorales de Zona, a las que debe dirigirse el interesado. Reitera el Acuerdo 68/2024, de 14 de marzo: se reconoce el derecho de acceso a las actas de sesión de las mesas, siempre que no suponga coste para la Administración y se respete la legislación de protección de datos; si está previsto el traslado inmediato de la documentación al Archivo Histórico Provincial, el secretario puede indicarlo al interesado para que acceda allí, informándole del momento del traslado, y debe adoptar medidas para evitar perjuicio material a la documentación.

Epígrafe
§ 17.8 Custodia, archivo y acceso a la documentación electoral
Sesión
2026-04-23
Expediente
802/143

También afecta a: § 20.5

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