Acuerdo 171/2009, de 2 de junio de 2009

AcuerdoCaso concreto

Certificación por la JEC de que determinadas personas no son candidatas

Resumen

No corresponde a la JEC certificar datos que ya están publicados en el Boletín Oficial del Estado, lo que se responde a la solicitud de certificación de que determinados políticos no son candidatos en las elecciones al Parlamento Europeo.

Epígrafe
§ 8.6 Proclamación, publicación y recursos
Sesión
2009-06-02
Expediente
283/529

También afecta a: § 1.2

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