Validez del voto al Senado en papeletas con las cruces impresas por los partidos
Es válido el voto para el Senado emitido en papeleta en la que aparezcan ya impresas las cruces correspondientes a los candidatos votados por el elector, criterio que la JEC mantiene desde anteriores procesos electorales; no obstante, esas papeletas no pueden obrar ni ser repartidas en los colegios electorales.
También afecta a: § 13.3