Acuerdo 181/2007, de 8 de mayo de 2007

AcuerdoTrámite

Subsanación de la omisión de audiencia en recurso sobre publicidad institucional

Resumen

Aunque no son aplicables los artículos 240 y 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la JEC, en aras de la interpretación más favorable a los derechos fundamentales y para subsanar la omisión de audiencia al Partido Socialista Obrero Español, estudia sus alegaciones y confirma su Acuerdo de 23 de abril de 2007 por los motivos que en él se indican, que no se reproducen.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
2007-05-08
Expediente
292/514

También afecta a: § 1.9

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