Acuerdo 186/2026, de 14 de mayo de 2026

AcuerdoTrámite

Renuncia de un vocal de la Junta Electoral Central

Resumen

Trámite: se toma conocimiento de la renuncia de un vocal de la JEC, aceptada por la Presidencia conforme al artículo 17 de la LOREG, y se traslada al Consejo General del Poder Judicial para que proceda a su sustitución de acuerdo con los artículos 17 y 9.1 a) de la LOREG.

Epígrafe
§ 1.1 Junta Electoral Central: composición, mandato y funcionamiento interno
Sesión
2026-05-14
Expediente
100/93

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