Acuerdo 188/1989, de 11 de octubre de 1989

AcuerdoCriterio general

Plan de cobertura informativa de RTVE: espacios informativos, debates y entrevistas

Resumen

Aunque el recurso del Partido Popular, el Centro Democrático y Social e Izquierda Unida se interpuso fuera del plazo de 24 horas de la norma 3ª de la Instrucción de 4 de noviembre de 1985, la JEC entra en el fondo en ejercicio de su función de velar por el pluralismo político y la neutralidad informativa de los medios públicos. Desestima lo pedido sobre los espacios informativos, pues la programación es conforme con esos principios y no le son aplicables los criterios de la LOREG para la distribución de espacios gratuitos; desestima la petición de debates, porque decidir si se organizan compete a los órganos del Ente, según criterio reiterado; desestima lo relativo a la duración y fecha de las entrevistas, pero ordena que todas se graben simultáneamente o de modo que ningún líder conozca las de los demás al grabar la suya.

Epígrafe
§ 11.3 Planes de cobertura informativa de los medios públicos
Sesión
1989-10-11
Expediente
000/89101122

También afecta a: § 11.5 · § 11.6

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