Acuerdo 19/2011, de 27 de enero de 2011

AcuerdoCaso concreto

Difusión municipal de información sobre inscripción censal de extranjeros con acuerdos de reciprocidad

Resumen

La JEC carece de competencia para examinar los acuerdos de la Administración Local fuera de los períodos electorales; no obstante, cabe que la Oficina del Censo Electoral remita una carta y la documentación pertinente a los potenciales electores, indicando el plazo y el procedimiento de inscripción en el censo electoral. Se traslada la nota de prensa de dicha Oficina sobre la inscripción de los nacionales de países con acuerdos para votar en las elecciones locales de 2011.

Epígrafe
§ 3.7 Electores extranjeros residentes en España
Sesión
2011-01-27
Expediente
201/314

También afecta a: § 1.2

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