Fórmula de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución de los cargos electivos
El artículo 108.8 de la LOREG exige el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución para la toma de posesión de los cargos electivos, pero no impone directamente una fórmula concreta, por lo que, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, debe admitirse como válida toda forma de prestación que no implique fraude de ley ni desnaturalización o vaciamiento de contenido del juramento o promesa.