Desplazamiento de funcionarios de Correos a residencias de mayores para solicitar el voto por correo
Visto el informe de Correos, confirma el criterio del Acuerdo 71/2020, de 3 de junio de 2020, adoptado para las elecciones gallegas y vascas, ante la petición de la Generalitat de Cataluña de habilitar el desplazamiento de un funcionario de Correos a los centros residenciales de personas mayores para la solicitud del voto por correo: habiéndose introducido ya medidas de flexibilización, no es necesario en este momento arbitrar medidas adicionales extraordinarias que flexibilicen aún más el garantista procedimiento de la LOREG, sin perjuicio de articular otras nuevas si la evolución de la pandemia u otras circunstancias lo aconsejan; el Gobierno de la Generalitat deberá comunicar con la máxima celeridad la situación de movilidad prevista para los internos en residencias de ancianos durante el período electoral.
También afecta a: § 14.1