Recurso de alzada sobre exclusión del derecho de sufragio en la elección de alcalde pedáneo
La JEC se declara incompetente para conocer del recurso de alzada contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Lérida que excluyó a los recurrentes del derecho de sufragio en la elección de alcalde pedáneo de una entidad menor: al afectar a la validez de la elección, la cuestión no es susceptible de recurso administrativo sino de recurso contencioso-electoral.