Acuerdo 203/2021, de 8 de abril de 2021

AcuerdoCaso concreto

Designación de vocales no judiciales de la Junta Electoral Provincial sin propuesta conjunta

Resumen

De acuerdo con el artículo 10.1.b) de la LOREG y con el criterio reiterado de la JEC, a falta de propuesta conjunta nombra vocales no judiciales de la Junta Electoral Provincial de Madrid a los candidatos propuestos por las formaciones que obtuvieron mayor número de votos en las últimas elecciones equivalentes, Partido Socialista Obrero Español y Partido Popular.

Epígrafe
§ 1.6 Vocales no judiciales
Sesión
2021-04-08
Expediente
120/191

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