Acto de campaña de una formación política atribuido por error a un Cabildo Insular
Desestima el recurso del Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife que archivó su denuncia por la convocatoria de una «Mesa de Economía Circular» atribuida al Cabildo Insular de Tenerife: de la documentación resulta que el acto no fue organizado ni financiado por ningún poder público, sino por Coalición Canaria, a la que se cargaron sus gastos; el error de la comunicación de la CEOE, que lo atribuía al Cabildo, fue rectificado después y no es imputable ni al Cabildo ni a Coalición Canaria. Al tratarse de un acto de campaña electoral organizado por una formación política, no le es aplicable el artículo 50.2 de la LOREG.
También afecta a: § 10.8