Exclusión de un grupo político significativo de los debates de medios públicos en Canarias
Desestima el recurso de VOX contra el acuerdo de la Junta Electoral de Canarias sobre los planes de cobertura informativa de RTVE en Canarias y de RTVC. La condición de grupo político significativo, que no se discute, solo implica, conforme a la Instrucción 4/2011, una cobertura informativa superior a la de las formaciones que no se presentaron o no obtuvieron representación en las últimas elecciones equivalentes y no superior a la de las que sí la obtuvieron. Según doctrina reiterada, limitar los debates a las fuerzas que obtuvieron representación parlamentaria en las últimas elecciones equivalentes, o incluso a las que tuvieron grupo parlamentario, no es contrario a los principios de pluralismo político, igualdad, neutralidad informativa y proporcionalidad del artículo 66.1 de la LOREG. Los criterios de ambos medios son objetivos y la recurrente participa en la cobertura informativa, las entrevistas y los bloques electorales.