Acuerdo 210/2026, de 16 de julio de 2026

AcuerdoCriterio general

Acceso a los resultados por mesa de elecciones locales anteriores

Resumen

Corresponde a los secretarios de las Juntas Electorales, como custodios de su documentación conforme al artículo 12.2 de la LOREG, facilitar el acceso a la información que custodian; reitera el Acuerdo 68/2024, de 14 de marzo, que reconoce el derecho de acceso a las actas de sesión de las mesas siempre que no suponga coste para la Administración y se respete la legislación de protección de datos, pudiendo remitirse al interesado al Archivo Histórico Provincial si el traslado de la documentación es inmediato y debiendo evitarse perjuicio material a esta. La JEC no dispone de los votos por mesa de una formación en las elecciones locales de 2011 a 2023 en Castrillón, por lo que el solicitante debe dirigirse a la Secretaría de la Junta Electoral de Zona de Avilés.

Epígrafe
§ 17.8 Custodia, archivo y acceso a la documentación electoral
Sesión
2026-07-16
Expediente
802/148

También afecta a: § 20.5

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