Acuerdo 211/1986, de 22 de septiembre de 1986

AcuerdoTrámite

Agrupación de votos de agrupaciones de electores de un mismo partido judicial

Resumen

Trámite: se deja sobre la mesa la consulta sobre la agrupación de votos de candidaturas presentadas por agrupaciones de electores de distintos municipios del mismo partido judicial, porque cuando se celebren las próximas elecciones locales estará constituida la nueva JEC, que deberá pronunciarse sobre la cuestión.

Epígrafe
§ 7.3 Agrupaciones de electores
Sesión
1986-09-22
Expediente
000/86092201

También afecta a: § 24.1

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