Grupo político significativo por los resultados municipales de la coalición en que se integró el partido
Estima parcialmente el recurso de Adelante Andalucía contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla sobre el Plan de Cobertura Informativa de RTVE para las elecciones locales. En el ámbito de Andalucía el partido no puede ser considerado grupo político significativo, pues reconoce que no alcanzó el 5% de los votos; pero los medios disponen de autonomía para establecer la cobertura informativa y la Administración electoral se limita a garantizar el pluralismo político y la igualdad y, en los medios públicos, la neutralidad informativa y la proporcionalidad. No es contrario a esos principios incluirlo en los debates de las ciudades de Cádiz y Sevilla, donde la coalición en que se integró en las últimas elecciones autonómicas superó el 5% de los votos válidos, en los términos de la Instrucción 4/2011, sin que conste que las demás formaciones de aquella coalición hayan reivindicado los derechos electorales derivados de ella. Desestima el resto de pretensiones y revoca en ese punto el acuerdo recurrido.