Electores extranjeros designados por sorteo como miembros de Mesa electoral
A los ciudadanos no españoles inscritos en el censo que resulten sorteados para formar parte de las Mesas electorales debe indicárseles, en la notificación correspondiente, que han de manifestar al Secretario del Ayuntamiento si tienen conocimiento suficiente del idioma castellano, para proceder a su sustitución en caso negativo.
También afecta a: § 3.7