Validez de papeletas impresas sin distinguir entre titulares y suplentes
El Presidente, por delegación de la JEC, acuerda estimar el recurso conforme al criterio reiterado de que no afectan a la validez de las papeletas las ligeras diferencias respecto del modelo oficial en tamaño, faltas de ortografía, tonalidad, caracteres tipográficos, numeración o no de los candidatos u otras diferencias no sustantivas de impresión, siempre que se respete el secreto del voto y no ofrezca duda la identificación de la candidatura y los candidatos; una misma candidatura puede imprimir dos modelos distintos si ambos reúnen los requisitos legales y no difieren en el contenido legalmente exigible. Responde a la consulta de la Junta Electoral de Zona de Reinosa.