Condición de grupo político significativo de un partido de nueva creación en RTVM
Desestima el recurso de Profesionales por Madrid-Recupera Madrid contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid sobre la cobertura informativa de RTVM: un partido de nueva creación no es grupo político significativo, en los términos de la Instrucción 4/2011, por el hecho de que algunos de sus candidatos formaran parte de una formación que obtuvo representación en las últimas elecciones equivalentes ni por su supuesta acogida favorable en las redes sociales. No es aplicable el precedente del Acuerdo de 9 de mayo de 2019, en el que la candidatura estaba encabezada por la alcaldesa de Madrid y sus diez primeros candidatos figuraban entre los veinte primeros del partido del que habían formado parte.
También afecta a: § 11.3