Acuerdo 23/1978, de 27 de noviembre de 1978

AcuerdoCaso concreto

Voto por poder de elector sin parientes consanguíneos en el municipio en que está censado

Resumen

Dados los términos del artículo 23.3 del Real Decreto 2120/1978, de 25 de agosto, y la imposibilidad actual de modificar su inscripción censal, el interesado solo puede ejercer el derecho de sufragio por poder a favor de parientes consanguíneos del término municipal de Madrid.

Epígrafe
§ 26.1 Referéndum: administración electoral, procedimiento, votación y escrutinio
Sesión
1978-11-27
Expediente
000/78112706

También afecta a: § 14.2

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