Ampliación del plazo de depósito del voto por correo del personal militar embarcado
Autoriza, visto el informe favorable de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, la ampliación hasta el 2 de abril de 2020 del plazo de depósito del voto por correo del personal militar que se encuentre navegando o fuera del territorio nacional en las elecciones a los Parlamentos Vasco y de Galicia, siempre que el depósito se haga antes de las 14 horas de ese día en la Oficina principal de Correos en Madrid; Correos deberá asegurar la remisión en tiempo hábil de los votos a las Mesas.
También afecta a: § 14.3