Emblemas identificativos de interventores y apoderados en los colegios electorales
Los interventores y apoderados de las candidaturas pueden identificarse de manera simple en los colegios electorales mediante emblemas o adhesivos con el nombre y siglas de la entidad política y la palabra «interventor» o «apoderado», siempre que sea a los puros efectos de identificación y no con el fin de realizar actos de campaña electoral.
También afecta a: § 16.4