Acuerdo 231/2003, de 19 de mayo de 2003

AcuerdoCriterio general

Régimen electoral y candidaturas en una entidad local menor de Castilla y León

Resumen

El régimen electoral de las entidades locales menores es el que establezcan las leyes de las Comunidades Autónomas que las instituyan o reconozcan; en el caso consultado, la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, que prevé la elección de un Alcalde pedáneo directamente por los vecinos de la entidad, por sistema mayoritario, mediante la presentación de candidatos por las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

Epígrafe
§ 24.5 Entidades locales menores: elección de alcalde pedáneo y junta vecinal
Sesión
2003-05-19
Expediente
283/404

También afecta a: § 6.5

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