Ampliación del plazo de depósito del voto por correo del personal militar embarcado o destacado
Autoriza, visto el informe favorable de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, la ampliación hasta el 22 de septiembre de 2016 del plazo de depósito del voto por correspondencia en las elecciones al Parlamento Vasco y al Parlamento de Galicia, exclusivamente para el personal militar embarcado en buques de la Armada o destacado fuera del territorio nacional, siempre que el depósito se haga antes de las 14 horas en la oficina principal de Correos en Madrid; Correos debe asegurar la remisión en tiempo hábil de esos votos a las Mesas.
También afecta a: § 14.3