Informe al Defensor del Pueblo sobre voto por correo, voto exterior y excusas de Mesa
Informa al Defensor del Pueblo de que la Oficina del Censo Electoral desarrolla un procedimiento de solicitud del voto mediante formularios web con certificado electrónico o clave telemática, con el objetivo de aplicarlo en las elecciones autonómicas de 24 de mayo de 2015; la JEC carece de iniciativa legislativa para rediseñar los plazos del artículo 75 de la LOREG, cuyo apartado 12 atribuye al Gobierno, previo informe de la JEC, la potestad de regular criterios y establecer otros procedimientos, facultad cuyo ejercicio la JEC le ha recordado varias veces; la apreciación de las excusas para formar parte de una Mesa corresponde en exclusiva a las Juntas Electorales de Zona, sin ulterior recurso, y la JEC solo unifica criterios (Instrucción 6/2011), debiendo motivarse el rechazo aunque sea sucintamente; el carácter aleatorio del sorteo no impide que excepcionalmente se repita la designación de una misma persona.