Acuerdo 236/1996, de 3 de marzo de 1996

AcuerdoCriterio general

Voto personal del elector que ha solicitado el voto por correo

Resumen

Si consta la solicitud de voto por correo y la remisión de la documentación electoral por la Oficina del Censo Electoral, el elector no puede votar personalmente, aunque no haya retirado dicha documentación.

Epígrafe
§ 14.1 Voto por correo: solicitud y requisitos
Sesión
1996-03-03
Expediente
320/120

También afecta a: § 16.3

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