Toma de posesión de concejal cuando la falta de quórum impide celebrar el Pleno
Cuando un concejal no puede tomar posesión porque una situación impide el quórum del Pleno, y para no impedir el ejercicio efectivo del derecho de participación política del artículo 23 de la Constitución, la toma de posesión puede realizarse ante el Alcalde, que convocará al acto a los concejales de la Corporación para que puedan asistir, dando fe el Secretario; deberá ser ratificada en la primera reunión del Pleno.
También afecta a: § 22.6