Acuerdo 244/2015, de 24 de mayo de 2015

AcuerdoCriterio general

Ámbito espacial de la prohibición de banderas políticamente partidistas

Resumen

La prohibición de banderas políticamente partidistas establecida en el Acuerdo de la JEC de 13 de mayo de 2015 se circunscribe a los edificios públicos y a los locales electorales, lo que se responde a la consulta sobre si alcanzaba a la totalidad de los espacios públicos.

Epígrafe
§ 10.6 Símbolos y mensajes partidistas en edificios y espacios públicos
Sesión
2015-05-24
Expediente
293/507

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