Acuerdo 254/1986, de 26 de mayo de 1986

AcuerdoCriterio general

Anticipo de subvenciones electorales a las agrupaciones de electores

Resumen

Desestima la solicitud de adelanto de subvención electoral de la Agrupación de Electores Herri Batasuna: la Ley Electoral reconoce el derecho al adelanto de subvenciones a los partidos, federaciones y coaliciones, pero no a las agrupaciones de electores.

Epígrafe
§ 18.4 Anticipos de subvenciones
Sesión
1986-05-26
Expediente
000/86052620

También afecta a: § 7.3

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →