Mensajes electoralistas en actos institucionales y en web, redes y mensajería oficiales
Estima parcialmente el recurso del Partido Socialista Obrero Español y revoca el archivo acordado por la Junta Electoral Provincial de Madrid: el anuncio de proyectos futuros por la Presidenta de la Comunidad de Madrid, candidata, en un acto institucional de presentación de un avión de Iberia vulnera el artículo 50.2 de la LOREG, pues tales mensajes solo son legítimos en actos de campaña; la visita a las obras de un puente encubre la inauguración del proyecto de una obra pública no concluida y vulnera el artículo 50.2 y 3; no así las declaraciones en un acto no organizado ni financiado por un poder público. La neutralidad alcanza a webs, redes sociales y canales de mensajería institucionales, incluido un canal de WhatsApp restringido a periodistas, que no pueden recoger declaraciones electoralistas ni seguir la campaña de un alto cargo candidato, respondiendo de ello la Dirección General de Medios de Comunicación; no cabe invocar la igualdad en la ilegalidad. Ordena retirar los mensajes e incoar expediente sancionador a la Presidenta por reincidencia; el silencio administrativo alegado no impide resolver.