Validez del voto al Senado emitido con un cuerpo recortado de la papeleta
En las papeletas al Senado cuyos distintos cuerpos estén separados por líneas de puntos, debe computarse como válido el voto cuando en el sobre figure solamente uno o varios de los cuerpos enteros de la papeleta en los que conste inequívocamente la voluntad del elector; el criterio se traslada a las Juntas Electorales Provinciales para su remisión a las de Zona y por estas a las Mesas, a solicitud de diversos partidos.
También afecta a: § 13.3