Acuerdo 26/2024, de 5 de febrero de 2024

AcuerdoCaso concreto

Exclusión de un debate autonómico de una formación de implantación local y grupo político significativo

Resumen

Desestima el recurso de Democracia Ourensana contra el archivo de su denuncia por no haber sido invitada al debate de la CRTVG: conforme a la Instrucción 4/2011, las reclamaciones sobre debates en medios públicos deben formularse en torno al Plan de Cobertura Informativa, por lo que la denuncia era extemporánea. En cuanto al fondo, no hay trato discriminatorio: el debate y el ámbito de difusión del medio se refieren a toda la Comunidad Autónoma, en la que la formación obtuvo un 1,34% de los votos en las elecciones municipales de 2023, muy lejos del 5% que la Instrucción 4/2011 fija para la consideración de grupo político significativo, y solo concurre en una de las cuatro circunscripciones; en cambio, a Sumar Galicia y Podemos Galicia les corresponde un 5,46% a cada una al repartir el 10,92% obtenido por la coalición Sumar en las elecciones generales de 2023.

Epígrafe
§ 11.5 Debates electorales en medios públicos
Sesión
2024-02-05
Expediente
293/1574

También afecta a: § 11.7 · § 11.3

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