Acuerdo 262/2019, de 25 de abril de 2019

AcuerdoCaso concreto

Aceptación de la renuncia de un vocal no judicial de Junta Electoral Provincial

Resumen

La renuncia de un vocal no judicial de una Junta Electoral Provincial ha de ser aceptada por la Presidencia de esa Junta, que debe elevar a la JEC la propuesta para la designación del nuevo vocal; así se comunica a la Junta Electoral Provincial de Navarra.

Epígrafe
§ 1.6 Vocales no judiciales
Sesión
2019-04-25
Expediente
120/166

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