Acuerdo 267/2011, de 10 de mayo de 2011

AcuerdoCaso concreto

Concentración de espacios gratuitos y ámbito de difusión de RNE en Galicia

Resumen

Estima el recurso de Alternativa Dos Veciños: la ley electoral no fija la duración concreta de los espacios gratuitos, sino los tiempos totales de emisión (artículos 188 y 64 de la LOREG), por lo que, si el medio no opone objeciones técnicas, los espacios de 30 segundos pueden concentrarse sin alterar el cómputo final por franja horaria y día de cada formación. Desestima el del Bloque Nacionalista Galego: al tener RNE en Galicia su sede territorial en A Coruña y en Pontevedra solo unidades informativas, el ámbito de difusión y programación sigue siendo autonómico pese a las desconexiones, y no se altera el artículo 62 en relación con el 64 de la LOREG.

Epígrafe
§ 11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión
Sesión
2011-05-10
Expediente
293/150

También afecta a: § 11.1

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