Acuerdo 272/1994, de 7 de junio de 1994

AcuerdoCriterio general

Validez del voto en papeletas con ligeras diferencias respecto del modelo oficial

Resumen

Han de reputarse válidos los votos emitidos en papeletas que presenten leves diferencias de tonalidad o tamaño respecto del modelo oficial, meras faltas de ortografía o pequeños errores tipográficos claramente salvables, siempre que se respete el secreto del voto y no ofrezca duda la identificación de la candidatura y de los candidatos.

Epígrafe
§ 17.2 Votos válidos, nulos y en blanco
Sesión
1994-06-07
Expediente
310/34

También afecta a: § 13.1

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