Validez del voto en papeletas con ligeras diferencias respecto del modelo oficial
Han de reputarse válidos los votos emitidos en papeletas que presenten leves diferencias de tonalidad o tamaño respecto del modelo oficial, meras faltas de ortografía o pequeños errores tipográficos claramente salvables, siempre que se respete el secreto del voto y no ofrezca duda la identificación de la candidatura y de los candidatos.
También afecta a: § 13.1