Acceso de una asociación a las actas de escrutinio de las Mesas
Traslada la solicitud de acceso a las actas de escrutinio de las Mesas de las elecciones a la Asamblea de Madrid a la Junta Electoral Provincial de Madrid, en cuyo poder se encuentra la documentación, conforme al artículo 19.1 de la Ley 19/2013; recuerda que, según el Acuerdo 192/2021, de 18 de marzo, las Secretarías de las Juntas Electorales Provinciales pueden facilitar lo solicitado a requerimiento del interesado, siempre que no suponga coste alguno para la Administración y se respete la legislación sobre protección de datos personales.
También afecta a: § 20.5