Acuerdo 29/1986, de 27 de febrero de 1986

AcuerdoCriterio general

Competencia para expedir credenciales de parlamentarios autonómicos y concejales fuera de período electoral

Resumen

Aunque las Juntas Electorales Provinciales estén constituidas a los efectos del referéndum, la competencia para expedir las credenciales de parlamentarios autonómicos y concejales sigue correspondiendo en todo caso a la JEC.

Epígrafe
§ 23.3 Cobertura de vacantes: orden de la lista y procedimiento
Sesión
1986-02-27
Expediente
000/86022704

También afecta a: § 21.3 · § 1.8

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