Acuerdo 293/1995, de 10 de mayo de 1995

AcuerdoCriterio general

Símbolo de la candidatura que debe figurar en la papeleta

Resumen

Los símbolos o anagramas de las candidaturas han de figurar en la papeleta en la misma forma en que aparezcan en la proclamación de candidaturas, en función de cómo estas han sido presentadas.

Epígrafe
§ 13.2 Contenido de las papeletas
Sesión
1995-05-10
Expediente
310/69

También afecta a: § 7.4

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