Acuerdo 3/1994, de 18 de enero de 1994

AcuerdoCriterio general

Acceso a la documentación de las Mesas electorales conservada en archivos históricos

Resumen

Es de libre acceso la documentación de las Mesas electorales conservada en los archivos históricos que en su día se hizo pública (acta de constitución de la Mesa, acta de la sesión, lista del censo electoral y papeletas de votación); el acceso a la que contiene datos individuales o individualizables, es decir, la lista numerada de votantes, queda reservado, a la espera de la normativa correspondiente, y requiere autorización de la JEC. La reproducción de documentos se rige por las normas y tarifas vigentes en el archivo. La JEC muestra así su conformidad con las condiciones propuestas por el Archivo Nacional de Cataluña.

Epígrafe
§ 17.8 Custodia, archivo y acceso a la documentación electoral
Sesión
1994-01-18
Expediente
000/94011805

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